AYUDAS
INDIVIDUALIZADAS A TRANSPORTE ESCOLAR CURSO 14/15
Con
fecha de 30 de marzo de 2016 se publica en BOJA la convocatoria de
ayudas individualizadas para el transporte escolar para el curso
2014-2015 y su extracto, que se adjuntan. En relacíon con esta
convocatoria se informa lo siguiente:
1.-
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un
mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, por lo que se entiende que el plazo para presentar
solicitudes comprende desde el 31 de marzo de 2016 al 30 de
abril de 2016, ambos inclusive.
2.-
La solicitud se ajustará al modelo que como Anexo acompaña a
la citada Resolución y deberá cumplimentarse mediante el
formulario que estará disponible en el portal web de becas
y ayudas al estudio de la Consejería competente en
materia de educación.
3.-
Una vez cumplimentada la solicitud deberá imprimirse y firmarse y
se presentará, preferentemente, en la Secretaría del
centro docente donde, durante el curso 2014-2015, estuvo matriculado
el alumno o alumna solicitante de la ayuda y para el
que solicite esta ayuda.
Para
la correcta tramitación de las solicitudes se debe hacer especial
mención en los siguientes aspectos:
-
Sobre la solicitud recibida el centro educativo debe estampar el
sello oficial del centro, indicando la fecha del día de entrega.
-
No se admitirán a tramite aquellas solicitudes entregadas fuera del
plazo establecido.
-
Se debe poner especial anteción en que la cumplimentación de los
siguientes apartados de la solicitud
-
Apartado 2: se ha confeccionado de tal
manera que las personas interesadas puedan declarar tanto los datos
de su domicilio familiar de manera general así como los datos de
residencia efectiva durante el curso 2014-2015.
-
Apartado 5: es importante marcar
correctamente una de las tres situaciones para que ésta sea la que
realmente se adecue a la situación del alumno. Se recuerda que la
opción que se da con más frecuencia es la tercera.
-
Apartado 6: se debe verificar la firma
de los consentimientos para poder llevar a cabo con normalidad la
adjudicación y
estudio de las solicitudes. En relación con lo declarado en el
apartado 2, se manifiesta en el apartado 6.1. que si el domicilio
efectivo de residencia durante el curso NO COINCIDE con los datos de
Padrón se recomienda marcar la segunda opción, es decir, no
consentir el cruce con el Padrón y aportar la documentación que
acredite la residencia en dicho lugar.